Gobierno aplicará mayores controles a los pasajeros de vuelos al exterior

Por Canal26

Jueves 25 de Septiembre de 2014 - 00:00

El Gobierno dispuso hoy extremar desde 2015 los controles sobre quienes salen del país por lo que las empresas aerocomerciales deberán dar detalles de sus pasajeros hasta 72 horas antes del vuelo y la información será utilizada por la AFIP y Migraciones.

Si bien la decisión apunta a extremar medidas de seguridad sobre las personas que entran y salen de la Argentina, la información también servirá a la AFIP para verificar que quienes compran dólares para turismo, los destinen a ello.

El denominado "dólar turista" es el que compran los viajeros pagando la cotización oficial más el 35 por ciento de anticipo del impuesto a las Ganancias, y que se ubica ahora en 11,39 pesos, unos cuatro pesos más baratos que el "dólar negro".

El organismo que conduce Ricardo Echegaray habitualmente intima a los compradores de dólar turista que por cualquier motivo no viajan y se quedan con las divisas, con lo que intenta evitar maniobras de acceso al billete más barato.

El nuevo régimen comenzará a regir recién en seis meses para las aerolíneas internacionales, mientras que la Asociación Nacional de Aviación Civil (ANAC) se encargará de fijar una fecha para los vuelos particulares.

La decisión involucra a todos los prestadores de servicios de transporte aéreo internacional: vuelos comerciales o no comerciales, regulares o no regulares, y a los propietarios de aeronaves privadas.

Según alegaron, la decisión de solicitar la Información Anticipada de Pasajeros (API) el Registro de Nombres de Pasajeros (PNR) es promovida por la Organización de la Aviación Civil Internacional (OACI).

Las nuevas medidas fueron comunicadas este jueves por la Resolución General 3667 de la AFIP, la Disposición 1/2014 de Migraciones, la Resolución 618/2014 de la ANAC y la Disposición 1/2014 de la Policía de Seguridad Aeroportuaria.

Las aerolíneas y los vuelos particulares deberán dar precisiones sobre el itinerario completo del viaje, equipaje, programas de millas aéreas, y número de asiento de cada uno de los pasajeros.

Esa información –que incluye también nombre, apellido, DNI, dirección, teléfono e historial de vuelos del viajante, entre otros datos– será utilizada por la Dirección Nacional de Migraciones.

También la información será utilizada por la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC), la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA) y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), según se publicó este jueves en el Boletín Oficial.

La resolución conjunta de los organismos aseguró que la medida permitirá no sólo "simplificar los procedimientos operativos aduaneros, migratorios y de seguridad aeroportuaria", sino también trabajar por la "prevención de los delitos, el narcotráfico, el terrorismo internacional, la trata de personas y el tráfico ilegal de inmigrantes".

Cuando empiece a aplicarse, la información deberá ser entregada por primera vez 72 horas antes de la partida del vuelo; luego, deberá ser retransmitida (y en lo posible ampliada) 24 y 6 horas antes de la partida; los datos tendrán que ser enviados por última vez una vez que todos los sujetos hayan abordado la aeronave.

Los considerandos de la normativa señalan que el principal objetivo es el "análisis de riesgo de los vuelos, evaluar la existencia de eventuales amenazas y/o conflictos, así como implementar medidas especiales con suficiente anticipación".

La siguiente es la lista de los 32 datos que deberán entregarse al Gobierno:

1) Código identificativo de la compañía que envía los datos.
2) Número de vuelo.
3) Fecha y hora previstas de salida y de llegada del vuelo.
4) Origen y destino del vuelo.
5) Número total de personas transportadas en ese vuelo.
6) Tipo y número de documento con el que cada sujeto transportado se identifica durante el vuelo.
7) Nacionalidad de cada sujeto transportado correspondiente al documento de viaje presentado.
8) Nombre y apellido completo de cada sujeto transportado, de acuerdo al documento de identificación presentado.
9) Fecha de nacimiento que aparece en el documento de identificación presentado por cada sujeto transportado.
10) Localizador del expediente del pasajero.
11) Fecha de reserva.
12) Itinerario completo del viaje.
13) Nombre y apellido informado de cada sujeto transportado en el PNR.
14) Información sobre modalidades de pago.
15) Dirección de facturación.
16) Orden de facturación.
17) Teléfonos de contacto.
18) Información sobre programas de fidelización (referida únicamente a millas recorridas y dirección o direcciones).
19) Agencia de viajes.
20) Agente de viajes.
21) Información sobre PNR escindido/dividido.
22) Información sobre la emisión de billetes.
23) Número del billete.
24) Fecha de emisión del billete.
25) Historial de incomparecencia del pasajero.
26) Pasajero de último momento sin reserva.
27) Información sobre listas de espera.
28) Números de etiqueta del equipaje.
29) Número de asiento.
30) Información sobre el asiento.
31) Cantidad de equipaje.
32) Toda otra información recopilada por el sistema de información anticipada sobre pasajeros ("Advance Passenger Information System" APIS).