La Justicia confirmó el procesamiento de Jonathan Santana

La AFIP había denunciado en agosto de 2012 al ex futbolista de River por evasión simple por simular un contrato con un club signado como “Paraíso Fiscal Deportivo” en el cual nunca jugó ni entrenó.

Por Canal26

Viernes 14 de Noviembre de 2014 - 00:00

La Sala A de la Cámara Penal Económico, tomando en cuenta los argumentos de la AFIP, confirmó el procesamiento del jugador de fútbol Jonathan Santana por evasión fiscal. El actual jugador de Cerro Porteño de Paraguay había declarado ante la AFIP que sus derechos económicos pertenecían a un club uruguayo en el que nunca jugó, el cual está catalogado por el organismo como un “Paraíso Fiscal Deportivo”.

La AFIP había denunciado en agosto de 2012 al deportista por evasión simple por simular un contrato con un club signado como “Paraíso Fiscal Deportivo” en el cual nunca jugó ni entrenó.

La mecánica utilizada es la misma que denunció públicamente el administrador federal, Ricardo Echegaray, en rueda de prensa con periodistas hace dos años: Triangulación con un “Paraíso Fiscal Deportivo” (en este caso Institución Atlética Sud América) para ocultar la realidad económica de la operación.

En 2012, Santana fue transferido del Kayseri de Turquía al Club Atlético Independiente y ante un requerimiento de la AFIP contestó que sus derechos federativos y económicos pertenecían al club Institución Atlética Sud América (donde nunca jugó) y que no recordaba el monto que recibió por la transferencia.

Cuatro días más tarde de este requerimiento, el jugador,a través de una persona autorizada, informó que esos derechos eran de su propiedad y que no había tenido relación contractual ni profesional alguna con el club Uruguayo, y acompañó su declaración con una copia del contrato que suscribió con Independiente.

En esta conducta del deportista se basó la Cámara para determinar que, si bien Santana rectificó su declaración y aceptó que los derechos económicos y la ganancia del pase estaban en su poder, lo hizo por las acciones directas que tomó la AFIP en ese momento y no por una decisión voluntaria.