Ley de franquicias comerciales: un marco legal para asegurar el modelo de negocios probado

Por Canal26

Viernes 28 de Agosto de 2015 - 00:00

Una de las novedades que presenta la industria del franchising este año y que se tratará en el marco de Argentina Franquicias (la exposición más importante del sector, que se llevará a cabo del 26 al 28 de agosto en La Rural) es que a partir del 1° de agosto de 2015 entró en vigencia el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, en el cual se establece por primera vez la regulación del Contrato de Franquicia Comercial.

Este nuevo marco legal, por el cual la AAMF viene trabajando desde hace años, es un paso importantísimo hacia la profesionalización del sistema de franquicias comerciales. El hecho de que por primera vez el contrato de franquicia comercial esté regulado genera nuevos derechos y obligaciones para ambas partes (empresas franquiciantes y candidatos a franquiciar o inversores franquiciados existentes o interesados en invertir en franquicias maestras o acuerdos de desarrollo), que protegen a todos los involucrados.

Entre las ventajas más importantes que el contrato incorpora para el inversor que se suma a una marca como franquiciado puede destacarse, en primer término, el establecimiento de un contrato mínimo inicial de 4 años y 5 para los acuerdos de desarrollo. Durante dicho plazo sólo se puede cancelar por causa suficiente prevista en la ley y el contrato por responsabilidad del franquiciado (que el inversor asociado incumpliere la ley o algunas pauta importante del contrato).

Por otra parte (y bien relevante) es la incorporación del “Sistema probado”, el cual ofrece al inversor o candidato a la franquicia información objetiva y constatada sobre los resultados económicos y financieros del negocio que se ofrece al sumarse a la marca franquiciante: cada empresa que decida explotar el sistema de franquicias deberá primero acreditar los resultados de al menos dos ejercicios (2 años) de dos puntos de venta propios o ya franquiciados a terceros. Esto significa que ninguna empresa puede salir a vender franquicias y testear la respuesta del mercado a merced de la inversión de sus franquiciados, sino que debe informar cuál ha sido el resultado de negocios propios del modelo de franquicia que ofrece (probado por el mismo franquiciante o por terceros franquiciados, según sea el caso), poniendo a su disposición la información correspondiente.

En vista a todo esto, desde la AAMF se prevé un fuerte crecimiento del sistema del franchising durante los próximos años y por ello se estima que Argentina Franquicias 2015 tendrá un éxito sin precedentes, ya que allí los inversores interesados en ingresar a la industria pueden conocer las opciones que ofrecen las empresas que explotan el modelo de franquicias, que a través de esta ley ratifica su concepción de que la franquicia es un sistema previsible para el futuro franquiciado y ventajoso para el franquiciante que no tiene responsabilidad laboral ni comercial, en los términos de la ley en contrapartida.

(*) El Dr. Osvaldo Marzorati es Abogado, Presidente Honorario de la Asociación Argentina de Marcas y Franquicias (AAMF), Ex Presidente de la misma y es el principal promotor de la ley de franquicias comerciales desde su concepción.