Si sos autoridad de mesa, entrá la nota y enterate cómo proceder.
Por Canal26
Miércoles 21 de Octubre de 2015 - 00:00
La falta de boletas de alguna agrupación política en el cuarto oscuro no es motivo suficiente para impedir la apertura del acto electoral, como así tampoco el agotamiento de las mismas motivará la interrupción de los comicios.
En estos casos, usted deberá solicitar la provisión de las boletas al fiscal que actúa en su mesa, al fiscal general o a otro fiscal de la misma agrupación acreditado ante otra mesa. Es usted quien en ese caso colocara las boletas en la caja.
Si tales fiscales no estuvieran presentes o hubieran agotado el stock disponible, hasta tanto la agrupación política proceda a su reposición, deberá solicitar la utilización de las boletas de contingencia al delegado judicial o, en su caso, al personal del Comando General Electoral.
En este último caso, deberá dejar constancia de esta circunstancia en un acta – utilizando para ello las hojas en blanco que le han sido entregadas-, firmarla junto con los fiscales presentes y depositarla en el sobre para la devolución de la actas a la Justicia Nacional Electoral.
Por su parte, cuando tales fiscales se presenten en su mesa, deberán notificarles la falta de boletas.
Tenga en cuenta que en cada establecimiento de votación habrá boletas de contingencia.
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