Actúa como nexo entre la Justicia Electoral y las autoridades de mesa, los fiscales partidarios, los acompañantes cívicos, el Comando General Electoral y la ciudadanía en general.
Por Canal26
Miércoles 21 de Octubre de 2015 - 00:00
El delegado cuenta con las siguientes atribuciones:
-Verifica e informa las condiciones edilicias y funcionales del establecimiento.
-Identifica, organiza y acondiciona las aulas que funcionarán como cuartos oscuros.
-Define, identifica y señala el Cuarto Oscuro Accesible (COA)
-Presta colaboración al Comando General Electoral, para mantener a resguardo las boletas de sufragio de contingencia, en caso de faltante asistirá para su distribución.
-Comunicar la ausencia de autoridades de mesa a la Justicia Nacional Electoral y cubrir las vacancias.
-Prestar especial atención a los electores que presenten alguna discapacidad o limitación en su movilidad a fin de facilitarle el apoyo correspondiente.
-Asistir a las autoridades de mesa en los casos que fuere necesario.
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