Policía podrá pedir documentos sin un motivo particular

Así lo dispuso el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires. Lo consideran una facultad policial.

Por Canal26

Jueves 7 de Enero de 2016 - 00:00

La Policía podrá en la Capital Federal pedir documentos para identificar a una persona por más que no tenga motivo alguno para hacerlo, según lo dispuso hoy el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires (TSJCBA).

El máximo tribunal porteño consideró a esa determinación como una facultad policial , tras revocar fallos de las instancias anteriores del fuero Penal y Contravencional que había anulado un operativo en el barrio Constitución, que concluyó con un particular detenido por portación ilegal de arma de fuego.

Fuentes judiciales informaron que la resolución que revocó los fallos de las instancias inferiores fue firmado por los jueces Luis Lozano, Inés Weinberg y José Casás, mientras que la magistrada Ana Conde votó en disidencia por considerar que hubo errores en el procedimiento.

La causa se originó por un hecho ocurrido el 14 de abril de 2014 cuando efectivos policiales identificaban transeúntes en esa zona de la Ciudad y en un momento determinado le pidieron el DNI a un joven, quien se puso nervioso y admitió que llevaba un arma de fuego.

Esa persona quedó detenida, pero la Cámara en lo Penal y Contravencional anuló el procedimiento al sostener que "la policía no se encuentra autorizada a impedir la libre circulación -aunque fuese por un tiempo mínimo- y de exigir la exhibición de documentación si no cuenta con un motivo válido para hacerlo".

Sin embargo, en su nueva resolución, el TSJCBA afirmó, que, dentro de su función de prevenir delitos, la policía tiene la facultad de pedir la documentación para identificar a personas, mientras no se incurra en un acto discriminatorio.

El máximo tribunal de la Ciudad entendió que "la detención posterior no estuvo relacionada con el pedido de Identificación" y la justificó debido a que hubo "flagrancia".

El TSJCBA consideró que los jueces que anularon el procedimiento policial "incurrieron en un claro exceso" al considerar, "sin más", que se trató de un arresto, sin tener en cuenta que la libertad de circulación de esa persona se redujo "únicamente al tiempo estrictamente necesario para solicitarle que exhibiese su documentación personal".