Senado aprueba proyecto de ahorro para vivienda

En sesión especial, la Cámara Alta dio por unanimidad media sanción al proyecto de ley por el cual se crea un sistema de ahorro para la vivienda en moneda nacional a largo plazo con el que se apunta a disminuir el déficit habitacional.

Por Canal26

Miércoles 18 de Mayo de 2016 - 00:00

El Senado dio hoy en sesión especial y por unanimidad media sanción al proyecto de ley por el cual se crea un sistema de ahorro para la vivienda en moneda nacional a largo plazo con el que se apunta a disminuir el déficit habitacional.

También se aprobó en forma definitiva un cambio a la ley de Defensa del Consumidor por el cual el proveedor de un servicio o un bien debe dar el cliente información en soporte físico.

El primero de los casos referidos se trata de un proyecto del senador radical Julio Cobos por el cual se crea un "instrumento de ahorro, préstamo e inversión denominados en Unidades de Vivienda (UVIs), cuya principal función será la de captar el ahorro de personas físicas y jurídicas o de titularidad del sector público, y destinarlo a la financiación de largo plazo en la adquisición, construcción y/o ampliación de viviendas en la República Argentina", dice la normativa en su artículo primero.

Al respecto, Cobos destacó que el proyecto obtuvo "un gran consenso" desde los distintos bloques, "luego de haber trabajado con los equipos de asesores y aceptada las sugerencias que nos aportaron porque todos hemos entendido que estamos legislando no para la coyuntura, sino para el futuro, para las generaciones venideras".

"Este proyecto intenta dar solución dos problemas estructurales: recuperar la cultura del ahorro y conseguir fondos sustentables para una política de vivienda con el fin de contribuir a solucionar el déficit habitacional", explicó el ex vicepresidente y apuntó que implica "una nueva forma de ahorro y, por lo tanto, una nueva forma de crédito a través de las UVIs (Unidades de Viviendas)". Esa nueva unidad "se actualiza por el Indice de la Construcción, preservando a lo largo del tiempo el valor ahorrado. De esta manera debemos generar confianza y darle certidumbre y previsibilidad tanto al ahorrista como al tomador del crédito", completó.

La iniciativa, que obtuvo los votos positivos de los 48 senadores presentes en el momento de la votación, dispone que los llamados "UVIs" podrán ser: "a) depósitos en caja de ahorro (con una periodicidad de disponibilidad desde 90 días y hasta 180 días desde la fecha de la imposición, conforme se pacte entre las partes)"; "b) certificados de depósito a plazo fijo, nominativo (intransferible/transferible) de Unidades de Vivienda (UVIs) por un plazo mínimo de 180 días".

O también pueden tener forma de "c) Préstamos Hipotecarios" o "d) Títulos valores (UVIs), con o sin oferta pública, por plazos no inferiores a 2 años" y deja abierta la posibilidad a que se creen nuevos "instrumentos denominados en UVIs", a los cuales "les serán aplicables las disposiciones de la presente ley, todo ello sin perjuicio de la aplicación de las normas complementarias de prevención del lavado de activos y del financiamiento al terrorismo".

El proyecto obtuvo el respaldo de la totalidad de las bancadas y, en ese sentido se expresaron, entre otros, la adolfista Liliana Negre; los peronistas Graciela de la Rosa (quien rescató que "el proyecto tiene algo sustancial, un herramienta importantísima que es el ahorro", pero sin embargo advirtió que "hay que proteger las cosas que se han hecho bien en la Argentina y El Procrear es un ejemplo de ello") y Miguel Pichetto; así como la peronista pampeana Norma Durango y el margarito Jaime Linares.

Además, los senadores dieron también por unanimidad sanción definitiva al proyecto que reforma la ley de Defensa del Consumidor, por el cual se establece con mayor claridad las características de la información que el proveedor está obligado a brindar al consumidor o usuario respecto de los bienes y servicios que comercializa.

En la enmienda se dispone que la información, además de "clara, cierta y detallada", debe ser en "soporte físico" y que sólo se podrá suplantar el referido soporte, cuando el usuario o consumidor, haga expreso pedido de ello.

La norma apunta, en especial, a que las empresas den información (como el caso de las facturas) en soporte físico como el papel, ya sea por la cantidad de casos en que los consumidores denunciaron problemas para acceder a la información, enviada por varias compañías en forma digital.