Ordenan que YPF entregue datos de contrato con Chevron

La Cámara Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal ordenó a YPF entregar toda la documentación vinculada al acuerdo firmado para la explotación de hidrocarburos en "Vaca Muerta".

Por Canal26

Viernes 15 de Julio de 2016 - 00:00

La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal de esta capital ordenó a YPF que le entregue en un plazo de cinco días toda la documentación vinculada al acuerdo firmado con la estadounidense Chevron para la explotación del yacimiento "Vaca Muerta" o, caso contrario, se procederá al secuestro del material y habrá una acusación por desobediencia.

Según se informó en Tribunales, la medida fue dispuesta por la Sala I de la Cámara, que confirmó el rechazo a planteos de YPF contra la intimación a cumplir con esa sentencia de primera instancia que la obliga a hacer públicas las cláusulas del acuerdo firmado con Chevron para la explotación de hidrocarburos en "Vaca Muerta".

Los jueces del tribunal de alzada dispusieron que, en caso de que la empresa petrolera estatal no cumpla, se secuestre el material y se labre una causa por "desobediencia", delito para el cual el Código Penal prevé una condena de 15 días a un año de prisión.

La polémica gira en torno al acuerdo sobre el proyecto de inversión firmado hace casi tres años, el 16 de julio de 2013, entre YPF y sus subsidiarias y la firma Chevron Corporation para la explotación conjunta de hidrocarburos no convencionales en "Vaca Muerta", en la provincia de Neuquén.

El entonces senador socialista Rubén Giustiniani pidió informes a la justicia sobre ese acuerdo y en noviembre de 2015 la Corte Suprema de Justicia hizo lugar a su requerimiento para que YPF mostrara los detalles y las cláusulas secretas del convenio, basándose en el derecho a la información pública.

La petrolera conducida entonces por Miguel Galuccio entregó una copia del contrato al Juzgado Contencioso Administrativo Federal 7 pero solicitó la reserva sobre algunos puntos por entender que la difusión podía "comprometer secretos industriales, técnicos y científicos".

En marzo pasado, la jueza Cristina Carrión de Lorenzo ordenó ejecutar el fallo de la Corte y fijó una multa diaria si no se cumplía con la sentencia a partir de los cinco días hábiles posteriores a la notificación de las partes.

Pero hubo nuevos planteos de YPF, insistiendo en la necesidad de mantener bajo reserva los detalles del acuerdo.

Los jueces Carlos Grecco, Clara Do Pico y Rodolfo Facio, de la Sala I de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal, ordenó a YPF cumplir con la entrega de toda la documentación en el plazo de cinco días que había sido fijado por la jueza de primera instancia.

En caso contrario, dispuso, deberá librarse mandamiento de secuestro de esa documentación y remitir copia de las actuaciones a la Justicia penal para que se investigue la posible comisión del delito de desobediencia.

"Una recta inteligencia del pronunciamiento de la Corte Suprema no puede llevar sino a la conclusión de que al hacer lugar a la demanda acogió, indudablemente, la pretensión del demandante. Y esa pretensión consistió en el reconocimiento de su derecho a que YPF SA le entregue una copia íntegra del contrato involucrado", resumieron los jueces.

El fallo señaló que "contrariamente a lo que expone YPF, el máximo tribunal examinó y resolvió, de una manera categórica y definitiva, todos los planteos que formuló durante el juicio".

"Así, se ha cerrado el debate. Es inadmisible, en consecuencia, que, por vía de una errónea interpretación de los argumentos expuestos en ese fallo, se pretenda poner nuevamente en examen aquellos planteos, desconociendo la autoridad de la cosa juzgada, que, como es bien sabido, constituye uno de los pilares fundamentales sobre los que se asienta nuestro régimen constitucional, en tanto la estabilidad de las sentencias es un presupuesto ineludible de seguridad jurídica y es, también, exigencia del orden público con jerarquía superior", se remarcó.

En ese marco, resumieron los magistrados, "los agravios ofrecidos por YPF SA deben, pues, ser desestimados".

"Debe recordarse que, de acuerdo con un principio cardinal elaborado por la Corte Suprema, la observancia de las decisiones judiciales ha de ser fiel y estricta, de modo que se concrete su leal acatamiento por parte de todas las personas alcanzadas por ellas", se reseñó.