El detalle del fallo tras la decisión de la Corte Suprema de frenar el aumento al gas para usuarios residenciales. Se aclara que no están incluidas las empresas.
Por Canal26
Jueves 18 de Agosto de 2016 - 00:00
La Corte Suprema de Justicia resolvió con siete puntos la anulación del "tarifazo" del gas, en el que además obliga al Gobierno a realizar audiencias públicas con entidades que representan a consumidores.
Los ítems son los siguientes:
• Que para la fijación de tarifas de gas, la audiencia pública previa es de cumplimiento obligatorio.
• Se confirma la sentencia apelada en cuanto declara la nulidad de las resoluciones cuestionadas.
• La decisión se circunscribe al colectivo de los usuarios residenciales.
• Respecto de ellos, las tarifas deben retrotraerse a los valores vigentes previos al aumento dispuesto por las resoluciones que se invalidan.
• Se mantiene la tarifa social.
• Se pone en conocimiento del Congreso de la Nación la necesidad de dar cobertura al cargo de Defensor del Pueblo de la Nación.
• Se recuerda a los tribunales el riguroso cumplimiento de la acordada de la Corte Suprema de Justicia sobre procesos colectivos.
1
¡Saquen los paraguas!: a qué hora volverá a llover en Buenos Aires, según el pronóstico
2
Llega el feriado del 1° de Mayo: ¿habrá fin de semana largo?
3
Los secretos de la Miss Universo argentina de 60 años: todos sus cuidados y cómo es su dieta
4
A los 60 años, se coronó como ganadora de Miss Buenos Aires 2024 e irá por el título nacional: la historia de Alejandra Rodríguez
5
Bill Gates habló sobre un superalimento milenario que puede resolver un problema mundial: ¿cuál es?
Mantenete siempre informado