Freno de la Corte a tarifazo de gas: principales puntos de fallo

La lista con los puntos más importantes de la resolución de la Corte Suprema, que anuló el aumento de tarifas de gas para hogares. DETALLES DE LA NOTICIA DEL DÍA.

Por Canal26

Jueves 18 de Agosto de 2016 - 00:00

Los siguientes son los puntos principales del fallo con el que la Corte Suprema de Justicia anuló hoy el aumento de tarifas de gas para usuarios residenciales.

El tribunal, por unanimidad, resolvió:

- Anulación de resoluciones que habían determinado el aumento.
- La Corte no contempló a la industria porque no puede dictar sentencias con efectos generales sin determinar una categoría de afectados que sea homogénea.
- Que para la fijación de tarifas de gas, la audiencia pública previa es de cumplimiento obligatorio.
- Las audiencias públicas alcanzarán también al precio del gas en boca de pozo.
- La participación de los usuarios de un servicio público no se satisface con la mera notificación de una tarifa ya establecida.
- Será "puro ritualismo" si la autoridad no considera, al tomar las resoluciones del caso, las situaciones y argumentaciones que se expusieron en la audiencia.
- Desde 2004, el Poder Ejecutivo intervino en la fijación del precio en boca de pozo, dejando de lado al mercado, por lo que no es válido el argumento oficial de que las audiencias no eran necesarias.
- La audiencia pública debe realizarse en forma previa a la toma de decisiones en materia tarifaria.
- Sólo si el gobierno deja de intervenir en la fijación del precio de gas en boca de pozo no será necesaria la audiencia.
- La decisión se circunscribe al colectivo de los usuarios residenciales.
- Se mantiene la tarifa social para los más pobre.
- Se instó al Congreso a nombrar un Defensor del Pueblo de la Nación.
- Los intereses de los usuarios no estuvieron representados en la decisión de aumentar las tarifas.
- El caso puso "en juego la interpretación de la Constitución Nacional".
- La audiencia pública previa es un requisito esencial para la adopción de decisiones en materia de tarifas.
- No es válido fundarse en una audiencia del 2005 para una decisión que se adopta en el 2016.
- La fijación de tarifas es una facultad del Poder Ejecutivo.
- El Poder Legislativo debe determinar el marco regulatorio general de la materia y las facultades tributarias.
- El Poder Judicial debe controlar si las tarifas se ajustan a la Constitución y la ley y su razonabilidad.
- A muchos de los afectados por la suba de tarifas les resulta difícil hacer una demanda por sí mismos.