Oficialismo impulsa que nuevos jueces paguen Ganancias

El proyecto de ley mantiene la exención del pago de ese impuesto para los magistrados nombrados con anterioridad al 1 de enero de 2017. El pago de ese impuesto regiría sobre sus jubilaciones, pensiones, retiros o subsidios.

Por Canal26

Viernes 2 de Septiembre de 2016 - 00:00

El diputado nacional del oficialismo Pablo Tonelli presentó un proyecto de ley para que los jueces que sean designados después del 31 de diciembre próximo paguen el impuesto a las ganancias.

El proyecto, que fue presentado por Tonelli como presidente de la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Cámara de Diputados y acompañado por el jefe del bloque del PRO, Nicolás Massot, mantiene la exención del pago de ese impuesto para los magistrados nombrados con anterioridad al 1 de enero de 2017.

La iniciativa propone que estén sujetos al pago de ese impuesto los ingresos de los magistrados o funcionarios judiciales o del Ministerio Público, tanto del ámbito nacional como provincial o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, así como sus jubilaciones, pensiones, retiros o subsidios.

El gravamen alcanzaría así, de acuerdo a la letra del proyecto, a los jueces de la Corte Suprema y a los miembros del Consejo de la Magistratura salvo en aquellos casos en que hayan asumido el cargo antes del 1 de enero de 2017.

De esta manera, aquellos magistrados que ya prestan funciones "permanecerán con sus remuneraciones" sin modificaciones, mientras que aquellos que sean designados y tomen posesión de cargo con posterioridad a este ejercicio fiscal, "lo harán con la aplicación, desde el primer día en funciones, del impuesto a las ganancias".

Mediante un comunicado, los diputados oficialistas argumentaron que el propósito del proyecto "es aportar una solución al debate público sobre el pago del impuesto a las ganancias por parte de los jueces que contemple la necesidad de fomentar y respetar el principio constitucional de igualdad en las cargas públicas".

En los fundamentos de la iniciativa, Tonelli y Massot recordaron que el artículo 110 de la Constitución Nacional estableció que la remuneración de los jueces de la Corte Suprema y de los tribunales inferiores de la Nación "no podrá ser disminuida en manera alguna, mientras que permaneciesen en sus funciones", disminución que se generaría con la aplicación del impuesto.

También recordaron que la cuestión fue analizada en 1996 cuando se modificó la ley 20.628 de Impuesto a las Ganancias a fin de derogar esas exenciones y que en ese contexto la Corte firmó la acordada 20/96, que declaró la inaplicabilidad de los artículos que habían anulado ese beneficio.

Los diputados expresaron en el proyecto que "sin hacer un análisis jurídico respecto del instrumento utilizado por la Corte Suprema, ni un juicio de valor respecto de la oportunidad, mérito o conveniencia de aquella decisión, es claro que luego de 20 años de esa decisión, la conveniencia de que los magistrados tributen este impuesto ha adquirido mayor relevancia en el debate público".

"A fin de avanzar en la discusión sin desconocer la limitación constitucional impuesta en el artículo 110 que sigue vigente, es que este proyecto promueve la aplicabilidad de este impuesto, solo para aquellos magistrados y funcionarios que sean designados con posterioridad al presente ejercicio fiscal", explicaron.

El debate por el pago del impuesto a las ganancias de los jueces generó tensiones entre la Corte y la Asociación de Magistrados meses atrás: en junio pasado representantes de los jueces, fiscales, defensores oficiales y trabajadores judiciales coincidieron en rechazar la posibilidad de comenzar a tributar, durante una reunión que encabezó el presidente de la Corte Suprema de Justicia, Ricardo Lorenzetti, quien ya se manifestó a favor de pagar.

Por legislación -reactualizada en 1996- por la Corte, los funcionarios judiciales están exentos del pago de Ganancias y, en ese contexto, los empleados judiciales quedaron asimilados y equiparados con ese beneficio, bajo el argumento de la "intangibilidad de los salarios" del Poder Judicial y la independencia de los magistrados.

La Corte convocó a discutir la cuestión a representantes de la Procuración General de la Nación; de la Defensoría General de la Nación; del Consejo de la Magistratura de la Nación; de la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional; de la Junta Federal de Cortes y Superiores Tribunales de Justicia de las Provincias Argentinas y Ciudad Autónoma de Buenos Aires; de la Federación Argentina de la Magistratura y la Función Judicial y de la Unión de Empleados de la Justicia de la Nación.