La Justicia rechazó el pedido de excarcelación de Rodrigo Eguillor

Eguillor estaba en libertad hasta que una fiscalía en provincia que lo investigaba por amenazas lo detuvo no por la causa en sí sino por atentado y resistencia a la autoridad.

Por Canal26

Viernes 14 de Diciembre de 2018 - 18:06

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Rodrigo Eguillor, el joven detenido por la supuesta violación a una joven en el barrio porteño de San Telmo, seguirá preso pues el juez de insrucción Carlos Bruniard le rechazó su pedido de excarcelación.


El hecho por el cual está detenido ocurrió el 16 de noviembre en San Telmo, donde Eguillor estuvo en un departamento junto con una joven que denunció un abuso sexual. El juez desestimó el pedido de libertad al tener en cuenta que el fiscal de instrucción Eduardo Cubría se opuso a la excarcelación, sumado a que existen peligros procesales como ser posible entorpecimiento de la investigación y de fuga.

 

En ese sentido, el juez evaluó que Eguillor no tiene arraigo y sumado a que cuenta con medios económicos en caso de querer darse a la fuga. Por otra parte, en las últimas horas el Tribunal Oral en lo Criminal 9 quien lo tiene para juzgar a Eguillor por abuso sexual a una joven en Buenos Aires tiempo atrás dispuso la detención conjunta, esto es la prisión preventiva del acusado.

 

Eguillor estaba en libertad hasta que una fiscalía en provincia que lo investigaba por amenazas lo detuvo no por la causa en sí sino por atentado y resistencia a la autoridad cuando fue obligado a notificarse de la acusación en sede judicial.


Pero en la causa de violación, el fiscal Cubría pidió la detención lo que fue ordenado por el juez Bruniard quien días atrás indagó a Eguillor y ahora debe resolver la situación procesal. Hasta la semana pasada, la causa por el ataque en San Telmo llevaba la carátula de "averiguación de delito" pero la carátula del expediente cambió en los últimos días.

 

Eguillor está acusado por el tercer párrafo del artículo 119 del Código Penal que establece que "la pena será de seis (6) a quince (15) años de reclusión o prisión cuando mediando las circunstancias del primer párrafo hubiere acceso carnal por vía anal, vaginal u oral o realizare otros actos análogos introduciendo objetos o partes del cuerpo por alguna de las dos primeras vías".

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