Estuvo 2 años preso y deben pagarle $ 50 mil

Mariano Retamozo, un vendedor ambulante que fue detenido por la policía, cobrará ese dinero, según un fallo de la Justicia platense. En su estadía en prisión, el damnificado "padeció incomodidad e intranquilidad que le han provocado dolores físicos y psíquicos".

Por Canal26

Jueves 7 de Junio de 2007 - 00:00

La Justicia en lo contencioso administrativa de La Plata ordenó al Estado provincial indemnizar con casi 50 mil pesos a un hombre que fue detenido acusado de haber robado una joyería y que tras estar preso más de dos años se probó que era inocente.

Se trata de Mariano Adrián Retamozo, un vendedor ambulante que en 2001 fue detenido por la policía y estuvo preso dos años, cuatro meses y 16 días acusado de un delito que no cometió.

Ahora, el titular del juzgado en lo contencioso administrativo número 1 de La Plata, Luis Federico Arias, ordenó al Estado bonaerense a pagar a Retamozo 46.300 pesos en concepto de indemnización, en un fallo al que Télam tuvo acceso.

Según Arias, Retamozo "padeció incomodidad e intranquilidad durante la detención que le han provocado dolores físicos y psíquicos".

Además, "se vio impedido de realizar actividades sociales en su vida de relación, ponderando especialmente que al tiempo de la detención tenía 20 años de edad; y se vio ofendido en su honor y en su dignidad por haber sido acusado de un delito", agregó.

El 30 de junio de 2001 Retamozo, un vendedor ambulante de 20 años, se encontraba en la Estación Ferroviaria de Lomas de Zamora cuando "fue sorprendido por una persona vestida de civil, quien lo golpeó fuertemente en la cabeza con un arma de fuego, tirándolo al piso".

El joven, según la demanda presentada, fue trasladado a la Comisaría Primera de Lomas de Zamora, "donde fue torturado por policías -con golpes que le causaran lesiones en una costilla- e insultado, acusándole de haber robado una joyería".

Retamozo estuvo preso hasta el 16 de diciembre de 2003, cuando la justicia dispuso su libertad tras hallarlo inocente del hecho que se le imputaba.

Para el juez Arias, no quedó debidamente probada la aplicación de apremios ilegales, pero sí corresponde indemnizarlo por el tiempo que estuvo detenido con prisión preventiva.

"Es indiscutible que la persona sometida a prisión preventiva y luego absuelta, ha sufrido un daño que debe ser indemnizado", destacó Arias en el fallo y recordó en la resolución las condiciones de superpoblación y hacinamiento que se padece en las cárceles bonaerenses, lo que agravó el

Para Arias "admitidas las aflictivas y degradantes condiciones de detención en la Provincia de Buenos Aires -conforme a lo antes expresado- no existe duda alguna que Mariano Adrián Retamozo se ha visto en la obligación de soportar un sacrificio especial que la comunidad, representada por el Estado, debe indemnizar".

Si bien en su demanda, Retamozo reclamó el pago de 261 mil pesos por los daños físicos y morales, Arias consideró que debía indemnizarse únicamente por daño moral, rubro en el que el preso inocente había reclamado el pago de 46.300 pesos.