Reforma del Código Penal: comienza un debate polémico

Diario 26 les presenta punto por punto en qué consiste la iniciativa para reformar el Código, redactado por el juez de la Corte Raúl Eugenio Zaffaroni, el ex ministro León Arslanian y legisladores de la oposición.

Por Canal26

Martes 4 de Marzo de 2014 - 00:00

El texto fue redactado por el juez de la Corte Zaffaroni, el ex ministro León Arslanian. El proyecto para reformar el Código Penal, que data de 1921, trascendió a los medios y desencadenó un intenso debate entre el oficialismo y la oposición.

La tarea de redactar el nuevo texto fue delegada a una comisión especial creada por decreto y liderada por el juez de la Corte Suprema, Raúl Eugenio Zaffaroni. También la integran el ex ministro de Justicia y Seguridad bonaerense, León Arslanian, los diputados Federico Pinedo (PRO), Ricardo Gil Lavedra (UCR) y la ex diputada María Elena Barbagelata (Frente Amplio Progresista).

El debate ganó notoriedad a raíz de las fuerte críticas del líder del Frente Renovador, Sergio Massa, quien aseguró que se trata de una iniciativa que consolida “la puerta giratoria” y solo tiene en cuenta los derechos de los “delincuentes” en lugar de a los ciudadanos. Desde su espacio político impulsarán una consulta popular para que la gente defina qué modificaciones deben llevarse adelante.

Tanto Zaffaroni como Gil Lavedra rechazaron las críticas, a las que calificaron de “oportunismo político”, y remarcaron la importancia de actualizar el texto para que sea “coherente y moderno”. Por su parte, el magistrado de la Corte aseguró que él "hubiera hecho otra cosa" pero destacó que todos los integrantes de la comisión “cedieron posiciones en varios puntos” para llegar a un consenso.

Los puntos más polémicos:

Eliminación de la condena a prisión perpetua, el límite sería de 30 años como máximo (de acuerdo a lo estipulado por el Estatuto de Roma al que Argentina suscribió).

Homicidios agravados: la pena disminuye por la eliminación de la prisión perpetua.

Violación seguida de muerte: la pena disminuye porque actualmente está tipificada como un delito independiente sentenciable a perpetua.

Robo con armas: la pena mínima baja a tres años por lo que se vuelve un delito excarcelable.

Proxenetismo: a pena mínima baja a tres años por lo que se vuelve un delito excarcelable.

Asociación ilícita: la pena actual es de 3 a 10 años y baja a 2 a 6 años.

Se elimina la figuras de “peligrosidad” y “reincidencia” como agravantes de las penas.

Se introduce el principio de “insignificancia” en lo referente a “delitos que no serán punibles” porque “producen lesiones sin ninguna relevancia”.

Las “lesiones ilícitas infligidas por funcionarios” en las cárceles o comisarías “deben ser considerados como parte de la pena que se imponga, es decir, como pena ya sufrida”.

Libertad condicional: se suprime la figura y se incorporan las penas alternativas a la prisión (para los delitos de gravedad media y leve) como la detención domiciliar; detención de fin de semana; obligación de residencia; prohibición de residencia y tránsito y prestación de servicios a la comunidad.

Drogas: no se castigará la tenencia ni el cultivo para consumo personal. Sí se castigará el cultivo para comercialización, el contrabando y las “conductas vinculadas”.

Aborto: se mantiene la legislación sobre la interrupción de embarazos pero se aclara que no será penada si se practicó para evitar un peligro para la vida o la salud de la madre que no puede ser evitado por otros medios y si el embarazo es producto de una violación.

Se prevé la “violación dentro del matrimonio” y también sería considerada violación la “fellatio” realizada bajo coacción. Estas especificaciones sirven para reemplazar la definición vaga del “acceso carnal”.

Se incorporan los llamados “delitos informáticos”, que hasta el momento no se han regulado en el país.