Prohíben el ingresos a los estadios a 248 barras de River por reventa de entradas

Caverna Godoy, líder de los "Borrachos del Tablón", figura está la lista. La medida fue tomada en el marco de la causa que investiga las 300 entradas que tenía en su poder el líder en la previa al duelo ante Boca por la final de Copa Libertadores.

Por Canal26

Martes 15 de Enero de 2019 - 08:44

Hinchada de River - Fútbol

Unos 248 barras de River no podrá concurrir a los estadios tras aplicarse el derecho de admisión por plazo indeterminado en el marco de la causa que investiga la reventa de entradas para el segundo partido de la Superfinal de la Copa Libertadores ante Boca, que iba a jugarse en el Monumental y fue suspendido.

 

Los nombres y DNI de todos los barras de River fueron publicados en el Boletín Oficial, e indican que "el accionar de estos individuos es profusa y temeraria, sin ningún reparo a la obediencia de la ley y de la seguridad pública, se considera tal hecho como gravísimo, en punto a mantener la prevención y la seguridad que debe reinar en un espectáculo de asistencia masiva, por lo que corresponde aplicar los lineamientos previstos en el art'. 3° de la Resolución MS N° 354/17 en cuanto establece la posibilidad de aplicar, en los casos de hechos gravísimos, la restricción de concurrencia por plazo indeterminado".

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Además, informa "que el espíritu de la normativa en la materia es preservar el orden y la seguridad en los espectáculos futbolísticos y está focalizada en acentuar la prevención en el desarrollo de un encuentro deportivo, resulta notorio que el propósito es neutralizar e impedir la presencia en el evento de personas que hayan violentado la ley o estuvieren incursos en conductas reprochables administrativa o judicialmente".

 

Por último, asegura "que por esta consideración, se evalúa pertinente la aplicación a los nombrados, de la figura de Restricción de Concurrencia Administrativa a todo espectáculo futbolístico por el PLAZO INDETERMINADO, de acuerdo a las previsiones del art. 2°, inc. a) y art. 3° de la Resolución MS N° 354/17 en función del art. 7° del Decreto N° 246/17, a partir de la fecha de la publicación de la medida en el Boletín Oficial".