Coronavirus en Argentina: rubros exceptuados de cuarentena total del decreto de Alberto Fernández

Entre otros, funcionarios del Gobierno, fuerzas armadas y de seguridad, trabajadores de la sanidad, prestadoras de Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y de Servicios de Radiodifusión y de Call Center. En el texto queda abierta la posibilidad de extender la medida de "aislamiento social" más allá del 31 de marzo.

Por Canal26

Viernes 20 de Marzo de 2020 - 06:12

Coronavirus, decreto que limita la circulación y detalla las excepciones, Gobierno de Alberto Fernández

 

El "aislamiento social, preventivo y obligatorio" anunciado el jueves por la noche por el presidente Alberto Fernández tendrá algunos rubros exentos: el decreto que establece la cuarentena total especifica 24 rubros que estarán exceptuados de la medida.

 

Funcionarios de alta jerarquía del Gobierno nacional, de las provincias y de los municipios; personal de las fuerzas armadas y de seguridad, los trabajadores de la sanidad, así como quienes se desempeñan en las industrias alimenticias y farmacéuticas, son algunos de los que quedarán afuera de la medida.

 

El jefe de Estado también hizo mención a otros rubros que seguirán en actividad: quienes se desempeñan en la industria del petróleo y en las refinerías de naftas y gasoil, así como los trabajadores de los medios de prensa. Y aunque el Presidente no los mencionó en forma directa, quienes trabajan en supermercados y comercios de cercanía de distintos rubros ("ferreterías", por dar un ejemplo que sí citó el Presidente).

Coronavirus, anuncio del gobierno

El decreto aclara que quedarán exceptuados de la cuarentena "personal de Salud, Fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, actividad migratoria, Servicio Meteorológico Nacional, bomberos y control de tráfico aéreo". También "personal de los servicios de justicia de turno, conforme establezcan las autoridades competentes".

 

Además, la norma exime a "personas que deban asistir a otras con discapacidad; familiares que necesiten asistencia; a personas mayores; a niños, a niñas y a adolescentes; personas que deban atender una situación de fuerza mayor; personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones". Aunque aclara que, "en tal marco, no se autorizan actividades que signifiquen reunión de personas".

 

También se menciona al "personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos; personal afectado a obra pública; supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias y provisión de garrafas".

 

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Asimismo, aquellos que se desempeñan en "actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales; actividades impostergables vinculadas con el comercio exterior, recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos; mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias".

 

Sobre este punto en torno a los medios se destaca que quedan exentos: "Las empresas prestadoras de Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (Servicios de TIC) reguladas por la Ley 27.078, las empresas prestadoras de Servicios de Radiodifusión por Suscripción por vínculo satelital reguladas por la Ley 26.552 y las empresas de atención al cliente (call center) que brindan apoyo a las anteriormente mencionadas".

 

Además, quedan exentos, quienes cumplen tareas en el "transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP, reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad, así como servicios de lavandería".

 

"Las personas deberán permanecer en sus casas y hogares y salir para lo necesario; van a seguir teniendo abiertos supermercados, negocios de cercanía, farmacias, pero desde la 0 hora de mañana" las fuerzas de seguridad "estarán controlando a quien circula por las calles y el que no pueda explicar se verá sometido a la sanción que prevé el Código Penal", dijo el Presidente.

 

Alberto Fernández también precisó que se mantendrá el transporte público de pasajeros "sólo para uso de quienes están exceptuados de cumplir el aislamiento".

 

"Desalentaremos que la gente se suba a automóviles y circule por la vía pública", afirmó. Y advirtió que habrá verificaciones y constataciones "sobre los motivos por los que cualquier persona o automóvil está transitando" y que "quien no pueda justificarlo será sancionado".

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