Coronavirus: Suprema Corte bonaerense definirá si revoca hábeas corpus por liberación de presos

Este martes el defensor oficial ante el Tribunal de Casación bonaerense reclamó ante el máximo tribunal que fortalezca el habeas corpus. Fue el planteo de las 19 defensorías oficiales lo que motivó el pronunciamiento de Casación.

Por Canal26

Jueves 7 de Mayo de 2020 - 18:54

Coronavirus, motin de presosMotín de presos.

Un dossier digital con los argumentos que sellaron en abril el hábeas corpus colectivo en favor de presos bonaerenses, junto a las presentaciones que, en las últimas horas y desde veredas enfrentadas, hicieron el procurador general Julio Conte Grand y el defensor ante el Tribunal de Casación bonaerense, Mario Coriolano, ya se encuentra en manos de la Suprema Corte de Justicia, que comenzó a deliberar si revoca la decisión que liberó y dio arresto domiciliario a cientos de detenidos en cárceles y comisarías bonaerenses, desde que comenzó la pandemia por el coronavirus.

 

Su decisión se conocerá la semana próxima. Por lo pronto, no hay más libertades o domiciliarias concedidas como consecuencia de aquel fallo de Casación, pero ahora la Corte debe decidir si el fallo de Casación estuvo bien dictado y si no lo está, revocar los beneficios que se concedieron por aquella resolución. Pero la defensoria oficial ya dejó asentado que si la Corte bonaerense revoca la decisión, recurrirá a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

 

Después de la presentación que hizo Conte Grand el lunes, Coriolano le entregó hoy digitalmente a la Suprema Corte de Justicia su planteo: en su escrito pidió que se rechace el pedido de la fiscalía y que se impulse el dictado de las normas prácticas de fortalecimiento del Hábeas Corpus requeridas, en un contexto de hacinamiento. Además aseguró que no hubo una suelta masiva de detenidos, como se interpretó, y respaldó la resolución que firmó el juez de Casación Victor Violini. Afirmó que no había habido libertades o domiciliarias otorgadas directamente desde el tribunal de Casación bonaerense y subrayó que se trató de recomendaciones que se les dio a los jueces a seguir.

 

“Llama la atención que ahora sean el Fiscal ante el Tribunal de Casación y el Procurador General quienes lleven a conocimiento de la Suprema Corte un litigio absolutamente innecesario e improcedente" en donde “además de invocar una gravedad institucional que no existe” se busca “anular las medidas positivas dictadas por el Tribunal de Casación Penal para agilizar los proceso que sirvan a la descompresión de las cárceles en la emergencia sanitaria”, dijo Coriolano, tras repasar un dictamen que Conte Grand había firmado a mediados de marzo en donde instruyó “de modo simultáneo a defensores y fiscales - partes contrarias en el proceso penal- para el impulso de morigeraciones y libertades".

 


El defensor afirmó que la Fiscalía entendió que Casación otorgaba “arrestos domiciliarios directamente” cuando “es claro” que debían dictarlos “los magistrados a cuya disposición se encontraba cada una de las personas detenidas, previo a analizar si el delito era leve y los antecedentes sanitarios de la misma para corroborar que pertenezca a un grupo de riesgo”. Resaltó también que “la referencia a la ‘levedad’ del delito, al no corresponderse con un criterio legal, requería necesariamente de un juicio valorativo del juez de la causa, un mínimo proceso de conocimiento en el que se debatiera sobre el carácter del delito y sobre la acreditación de los presupuestos sanitarios” y allí los fiscales podían oponerse, se aseguró.

 

Según dijo, el habeas corups colectivo pretendía “la aplicación de arrestos domiciliarios para grupos de riesgo, como medida de prevención para ellos, pero, al mismo tiempo, para el resto de los detenidos, en tanto la reducción de la población permitía cumplir con las recomendaciones del distanciamiento intersubjetivo y, también, para la sociedad en general, como destinataria final del sistema sanitario. No se perseguía el otorgamiento de arrestos domiciliarios a determinadas personas individuales, sino de criterios generales de aplicación que, luego, deberían ser verificados en cada caso individual por parte de los jueces de la causa”.

 

Motín de presos en Villa Devoto, cárcelPresos en rebeldía. NA.

 

El defensor también remarcó: “No hubo ninguna sustitución de los jueces de la causa, como se le atribuye de manera rimbombante al pronunciamiento, sino pautas de actuación como marco posible de decisión y operatividad que enmarquen la actuación jurisdiccional en el contexto de la pandemia que se suma a la crisis humanitaria por sobrepoblación, facultades que sin duda podrían adoptarse en un proceso de Hábeas Corpus en el marco de una excepcionalidad tal que no puede ser comparada con cualquiera de las que pudieran haberse vivido en nuestro país con anterioridad a reforma constitucional de 1994”, advirtió.

 

Ayer, el jefe de la Procuración General Julio Conte Grand había pedido que se revoque esa decisión. En sintonía con el fiscal de Casación Carlos Altuve, habló de “arbitrariedad por fundamentación aparente en la acción colectiva y la competencia originaria del Tribunal de Casación”, la “vulneración de la garantía del juez natural”, una “sentencia arbitraria” por argumentos aparentes, el “apartamiento notorio de la letra expresa de la ley” y la violación de los derechos de las víctimas.

 

"Resulta inaceptable la adopción de decisiones del tenor a la resuelta por el Tribunal de Casación, sin tener en consideración las circunstancias particulares de cada caso, de cada persona privada de libertad, pues incluso en el supuesto de delitos que pudieran considerarse “leves”, como podría ser el caso de amenazas, lesiones o desobediencia, por mencionar algunos de ellos, la sola circunstancia de ordenar el arresto del prevenido en su domicilio puede significar coetáneamente la puesta en peligro de la víctima del delito”, había dicho Altuve.

 

A estas dos presentaciones se le agregaron presentaciones de las agrupaciones Usina de Justicia y Madres del Dolor, que pidieron ser amicus curiae en la causa para que se defiendan los derechos de las víctimas y que los detenidos que salieron vuelvan tras las rejas.

 

Y también se presentó la Comisión Provincial de la Memoria, en su rol de “Mecanismo Local de Prevención de la Tortura” para denunciar “la crisis humanitaria que afecta al sistema de encierro bonaerense” y en donde “la pandemia del coronavirus constituye un serio riesgo”. Fue así que reclamaron que la justicia “adopte medidas excepcionales y urgentes que terminen con la sobrepoblación y hacinamiento extremo del SPB” y respaldaron el habeas corpus.

 

Así las cosas, los jueces de la Corte bonaerense, Daniel Soria, Luis Genoud, Eduardo Pettigiani, Hilda Kogan, Eduardo de Lázzari y Sergio Torres, quedaron en condiciones de analizar el escenario y tomar una decisión que llegaría los primeros días de la semana próxima.

 

Por lo pronto, hoy mismo, quedó compaginado el “dossier digital con todas las constancias de las actuaciones”: el habas corpus, constancias del expediente, el recurso de queja, el dictamen del procurador, el memorial del defensor y las presentaciones de los amicus. Y ahora los ministros podrán comenzar el proceso de deliberación secuencial, con reuniones de intercambio, en el marco del nuevo régimen de “Acuerdo Continuo” aprobado por el Tribunal en el actual período de emergencia por la pandemia.

 

En la Corte bonaerense no se usa ni zoom ni whatapp. Se trata de un sistema de videoconferencia, que fue contratado por la justicia de la provincia -Teams de Microsoft- y que se activó fuertemente desde el inicio del aislamiento social, preventivo y obligatorio. Ese sistema, dicen, da garantías de seguridad, “encriptabilidad” y registro de las audiencias.

 

El 8 de abril pasado, el juez Violini había hecho lugar al pedido de 19 defensorías púbicas de la provincia para sacar de la cárcel a los detenidos que estuvieran en grupos de riesgo frente a la irrupción de la pandemia por el COVID-19, en un contexto de hacinamiento y deterioro que enfrentan los penales de la provincia. Los listados de esos presos habían sido confeccionados por funcionarios del Ministerio de Justicia y Seguridad, en base a edades y patologías. Los primeros listados indicaban 700 personas, de la cuales 400 estaban arrestados por delitos leves, pero el número podía elevarse a 2.300 internos en situación de riesgo con registros más actualizados.

 

En el fallo, Violini ordenó el arresto domiciliario para las personas detenidas por delitos leves que estén en los grupos de riesgo, mujeres embazadas y con niños pequeños; planteó que cada juzgado analice incluir a los de ese grupo de riesgo por delitos graves (con arrestos domiciliarios o aislamiento en en el penal); encomendó evaluar de oficio a los que tuvieran prisión preventiva desde hacía más de dos años “considerando los intereses de las víctimas” y dispuso que manden a domiciliaria a los que les faltaran seis meses para obtener la libertad asistida o condicional.

 

El tema desató polémica social cuando se conoció que un hombre condenado por violación había sido enviado a su casa por coronavirus a pocas cuadras de la casa de su víctima (en una resolución individual previa al hábeas corpus) que también habían dictado Casación. Hubo otras resoluciones que provocaron malestar, como la decisión de un juez de Ejecución penal que envió a su casa a un condenado por el abuso sexual de una menor de 17 años con retraso madurativo, y que revocó su resolución a 48 horas de haberlo dispuesto.

 

El presidente de la Cámara de Diputados Sergio Massa anunció una denuncia de juicio político para tres jueces de la provincia de Buenos Aires por esta situación. Las entidades que nuclean a los funcionarios y jueces de la Nación y de la provincia de Buenos Aires salieron a defenderse y culparon al Ejecutivo por el estado de las cárceles. También defendieron la independencia de los jueces a la hora de resolver causas y rechazaron las amenazas de jurys por el contenido de los fallos.

 

En tanto, el gobernador Axel Kicillof aseguró esta semana: “este Gobierno no está de acuerdo, no coincide, y en muchos casos le parece aborrecible cuando se le da prisión domiciliaria a alguien que ha cometidos delitos de gravedad, pero no está dentro de nuestra jurisdicción esa decisión”. "Espero que esto se revierta. Tengo fe que la Corte Suprema (bonaerense) con buen criterio ponga orden y claridad en estas situaciones. Yo no lo puedo hacer porque hay división de poderes y lo respetamos. Sí puedo ampliar la capacidad y la seguridad sanitaria del sistema carcelario”. Anunció así la creación de unas 1350 plazas a incorporarse al Servicio Penitenciario Bonaerense en los próximos meses.