Hincha de Racing se lesionó durante avalancha y el club deberá pagar millonaria indemnización

La Sala M de la Cámara Nacional en lo Civil confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia. El fallo -por el que también fue condenada la compañía de Seguros El Surco- reconoció a favor de Diego Fernando Díaz un monto que actualizado oscila en los 4.000.000 de pesos, en concepto de daños físico y moral.

Por Canal26

Martes 19 de Mayo de 2020 - 08:50

Hinchada de Racing, fútbol argentinoHinchas de Racing.

Racing Club de Avellaneda fue condenado a pagar una millonaria indemnización a un espectador por las lesiones que le produjo una avalancha durante un partido de fútbol en 2014, confirmaron hoy fuentes judiciales.


La Sala M de la Cámara Nacional en lo Civil confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia. El fallo -por el que también fue condenada la compañía de Seguros El Surco- reconoció a favor de Diego Fernando Díaz un monto que actualizado oscila en los 4.000.000 de pesos, en concepto de daños físico y moral.



El hecho que originó la demanda se registró el 23 de noviembre de 2014, cuando Racing, primero entonces en la tabla de posiciones y a tres fechas de la finalización del torneo que finalmente ganó, recibió en su cancha a River Plate, también con chances para lograr el campeonato.



Díaz, quien había concurrido a ver el partido, expuso que la cancha estaba excedida de público y que, cuando el equipo local hizo el gol (el único del encuentro), se produjo una avalancha, lo que hizo que se desprendiera el caño destinado a evitarlas, golpeándolo y haciendo que la gente que tenía detrás se le cayera encima.



El demandante, como se probó durante el juicio, sufrió -entre otras lesiones- la fractura expuesta de tibia y peroné en su pierna izquierda.



La sentencia de primera instancia fue apelada por ambas partes: Díaz reclamó un monto mayor en concepto de daño patrimonial -se había admitido 1.400.000 pesos a actualizar desde el momento del hecho- y las demandadas por la atribución de responsabilidad y los intereses fijados.



La Sala M de la Cámara Nacional en lo Civil evaluó las pruebas producidas, entre ellas las de otros espectadores que filmaron el episodio y auxiliaron al damnificado y recordó la responsabilidad del "organizador" de encuentros deportivos sobre la seguridad de quienes asisten a los partidos de fútbol.



"Todo contrato de espectáculo público lleva implícita una cláusula de incolumidad a favor del espectador", por la que "el empresario asume la obligación de garantizar cierta seguridad", para que durante el desarrollo del evento "ningún daño recaiga sobre la persona o bienes del asistente", remarcaron las camaristas Gabriela Iturbide y María Isabel Benavente, con la intervención del secretario Adrián Pablo Ricordi.

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