El juez de Vicentin puso en pausa la intervención: el Gobierno solo podrá ser "veedor"

Este viernes, ordenó que los últimos administradores de la compañía elegidos en asamblea continúen ejerciendo sus funciones y que los interventores solo continúen como “veedores controladores”.

Por Canal26

Viernes 19 de Junio de 2020 - 14:46

Vicentin, empresa cerealeraVicentin.

El juez Fabián Lorenzini, titular del Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial de Segunda Nominación de Reconquista que entiende en el concurso preventivo de la firma Vicentin, dejó sin efecto este viernes la intervención de la compañía decretada por el Gobierno nacional.

 

El magistrado hizo lugar al reclamo de los accionistas de que los administradores de la empresa que habían sido elegidos durante la última asamblea ordinaria, continúen desempeñando sus funciones.

 

En paralelo, estableció que “los interventores designados en el DNU 522/2020, podrán continuar desarrollando su tarea, con el grado de veedores controladores”.

 

La medida es temporaria: por 60 días prorrogables, que es el tiempo que duraría la intervención según el decreto presidencial.

 

Según consta en el fallo de Lorenzini, su decisión obedece a la presentación efectuada por Daniel Nestor Buyatti, Alberto Julián Macua, Roberto Alejandro Gazze, Sergio Manuel Nardelli, Maximo Javier Padoan, Cristian Andrés Padoan, Martín Sebastián Colombo, Sergio Roberto Vicentin, Pedro Germán Vicentin, Roberto Oscar Vicentin y Yanina Colomba Boschi, quienes invocaron su condición de miembros del directorio de Vicentin y denunciaron que fueron desplazados de sus funciones por el subinterventor, Luciano Zarich.

 

Lo primero que hicieron estos denunciantes fue una demanda de inconstitucionalidad, ya que consideraron que el DNU no tiene argumentos para avanzar en una intervención de la compañía.

 

Como segunda medida, solicitaron como medida cautelar “la inmediata reposición de los peticionantes en sus cargos directivos, dentro de la sociedad concursada, reclamando que procesalmente se resuelva in limine dicha pretensión, apoyándose también aquí en la ilegitimidad manifiesta de la intervención y la ocupación temporánea anormal”.

 

A esto fue a lo que accedió Lorenzini. En cambio, se declaró incompetente para resolver la demanda de inconstitucionalidad.

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