Venezuela: la polémica Ley para terminar con los “odiadores seriales” de Maduro

La Ley contra el Odio se promulgó a fines de 2017, justificándole por ser “la hora de castigar los delitos de odio” y “la intolerancia en todas sus formas de expresión”.

Por Canal26

Domingo 12 de Julio de 2020 - 08:08

Nicolás Maduro, Venezuela, Agencia NANicolás Maduro, NA.

Durante el discurso por el 9 de Julio, Alberto Fernández habló sobre  “odiadores seriales”, acompañada del deseo de “terminar” con ellos. Esta expresión trajo a la memoria un hecho que sucedió en Venezuela con una promulgación de una polémica norma conocida como la “Ley Constitucional contra el Odio, por la Convivencia Pacífica y la Tolerancia”. La misma se aprobó por la Asamblea Nacional Constituyente de Venezuela y promulgada el 8 de noviembre de 2017.

 

¿Qué pena la ley? Da penas de hasta 20 años de cárcel y multas a empresas y medios electrónicos, proscripción de partidos políticos y clausura de medios de comunicación a quienes difundan mensajes de odio.

 

En otro pasaje, la Ley contra el Odio prohíbe los partidos políticos, organizaciones y movimientos sociales “cuyas declaraciones de principios, actas constitutivas, programas (o) actividades se funden o promuevan el fascismo, la intolerancia o el odio nacional, racial, étnico, religioso, político, social, ideológico, de género, orientación sexual, identidad de género, expresión de género y de cualquier otra naturaleza que constituya incitación a la discriminación y la violencia”.

 

El artículo 12 de la norma expresa: “Los prestadores de servicio de radio, televisión, por suscripción y medios impresos, públicos, privados y comunitarios, están obligados a difundir mensajes dirigidos a la promoción de la paz, la tolerancia, la igualdad, el respeto y la diversidad. El Estado podrá ordenar a los prestadores de estos servicios la difusión de estos mensajes por un tiempo de treinta minutos semanales”.

 

Por otro lado, el artículo 13 de la Ley, manifiesta: “Prohíbe toda propaganda y mensajes a favor de la guerra y toda apología del odio nacional, racial, étnico, religioso, político, social, ideológico, de género, orientación sexual, identidad de género, expresión de género y de cualquier otra naturaleza que constituya incitación a la discriminación, la intolerancia o la violencia”.

 

El artículo 14, por otro lado determina: “Responsabilidad en las Redes Sociales” que también deben abstenerse de difundir ese tipo de mensajes. Las personas jurídicas que administran las redes sociales y medios electrónicos se encuentran obligadas a cumplir estrictamente lo dispuesto en esta disposición y adoptarán las medidas adecuadas para prevenir la difusión de estos mensajes. A tal efecto, deberán retirar inmediatamente de su difusión cualquier propaganda o mensaje que la contravenga”.

Ley Venezuela, régimen Maduro 

El  artículo 20 (Capítulo V) comenta: “Quien públicamente o mediante cualquier medio apto para su difusión pública fomente, promueva o incite al odio, la discriminación o la violencia contra una persona o conjunto de personas, en razón de su pertenencia real o presunta a determinado grupo social, étnico, religioso, político, de orientación sexual, de identidad de género, de expresión de género o cualquier otro motivo discriminatorio será sancionado con prisión de diez a veinte (10 a 20) años, sin perjuicio de la responsabilidad civil y disciplinaria por los daños causados”.

 

“El prestador de servicio de radio o televisión que difunda mensajes que constituyan propaganda a favor de la guerra o apología del odio nacional, racial, religioso, político o de cualquier otra naturaleza serán sancionados con la revocatoria de la concesión”, agrega.

Ley Venezuela, régimen Maduro 

“El prestador de servicio de radio o televisión que incumpla la obligación de ceder los espacios gratuitos destinados a la difusión de mensajes que promuevan la diversidad, la tolerancia y el respeto recíproco” también serán sancionados, en este caso “con multa desde el tres por ciento (3%) hasta el cuatro por ciento (4%) de los ingresos brutos causados en el ejercicio fiscal inmediatamente anterior…”, agrega.

 

¿Qué sucede si esto no se aplica? Según la ley “Será sancionado o sancionada con prisión de ocho a diez años”, si se abstiene, omite o retarda intervenir “para evitar la consumación de cualquiera de los hechos punibles establecidos en la presente Ley o para detener a la persona respectivamente responsable”.

 

Está claro que el régimen considera graves estos delitos, al punto de declararlos “imprescriptibles por tratarse de violaciones graves de los derechos humanos”.

Ley Venezuela, régimen Maduro 

“Comisión para la Promoción y Garantía de la Convivencia Pacífica, como espacio interinstitucional encargado de diagnosticar, organizar y formular las directrices de la política pública destinada a promover y garantizar la dignidad humana, el reconocimiento de la diversidad, la tolerancia y el respeto recíproco, así como para prevenir y erradicar toda forma de violencia, odio e intolerancia política, social y de cualquier otro tipo”, explica.

 

“En caso de dudas en la interpretación o aplicación de la presente Ley Constitucional, se adoptará aquella alternativa que brinde mayor protección a los derechos humanos, la paz y la convivencia pacífica”, aclaró.

Ley Venezuela, régimen Maduro 

“La presente Ley Constitucional tiene por objeto contribuir a generar las condiciones necesarias para promover y garantizar el reconocimiento de la diversidad, la tolerancia y el respeto recíproco, así como para prevenir y erradicar toda forma de odio, desprecio, hostigamiento, discriminación y violencia, a los fines de asegurar la efectiva vigencia de los derechos humanos, favorecer el desarrollo individual y colectivo de la persona, preservar la paz y la tranquilidad pública y proteger a la Nación”, cierra.

Ley Venezuela, régimen Maduro 

Por último, la ley agrega que “el pueblo venezolano tiene el derecho irrenunciable a la Paz, la convivencia pacífica y la tranquilidad pública” y “se declara a la República Bolivariana de Venezuela como un territorio de paz, contrario a la guerra y la violencia en todas sus formas, expresiones y manifestaciones”.

 

Notas relacionadas