Ley de Teletrabajo: empresarios preparan propuestas a la reglamentación ante la disconformidad

Dieron a conocer un documento donde expresan sugerencias para la norma que deberá poner en funcionamiento el Ejecutivo. En el Ministerio de Trabajo habrá una reunión la próxima semana.

Por Canal26

Sábado 8 de Agosto de 2020 - 06:49

Teletrabajo, modalidad de trabajoTeletrabajo.

Empresarios de diferentes sectores, la mayoría en disconformidad con la Ley de Teletrabajo que fue convertida en ley hace poco más de 15 días en el Congreso, preparó un documento donde propone cambios a la reglamentación.

 

Los grupos elaboraron un documento que será presentado la próxima semana en el Ministerio de Trabajo, el objetivo es lograr que adecuar algunos aspectos de la polémica ley sancionada.

 

El documento fue elaborado por el grupo de cámaras la Asociación de Bancos de la Argentina (ABA); la Asociación Cristiana de Dirigentes de Empresas (ACDE); el Instituto para el Desarrollo Empresarial de la Argentina (IDEA); la Cámara de Comercio de los Estados Unidos en el país (Amcham); la Unión Industrial Argentina (UIA); el Colegio de Abogados y Argencon.

 

Empresarios del sector privado critican que la nueva reglamentación dificulta una modalidad de trabajo que funcionaba sin problemas. Algunos de los cambios que se buscan modificar es por ejemplo la definición de teletrabajo que según el artículo 2° de la ley, “habrá contrato de teletrabajo cuando la realización de actos, ejecución de obras o prestación de servicios sea efectuada total o parcialmente en el domicilio de la persona que trabaja o en lugar distintos al establecimiento del empleador...”.

 

La propuesta busca que teletrabajo sea sólo a aquel que se realice de una manera preponderante y que supere, en lo posible, las 2/3 partes de una jornada laboral. Expresaron: “De manera tal de que una persona que lo hace parcialmente pero de manera no relevante no sea alcanzado por la norma”.

 

En lo que respecta a la jornada laboral, se espera que la conexión se pueda reanudar a pedido expreso del empleado con jornadas sean flexibles y establecer la cantidad de horas pero sin horario de corrido.

 

Por otro lado está el artículo 5° que habla de la desconexión digital. “El empleador no podrá exigir a la persona que trabaja la realización de tareas, ni remitirle comunicaciones, por ningún medio, fuera de la jornada laboral”, manifiesta la ley aprobada.

 

Empresarios esperan que se pueda especificar el concepto de remisión de comunicaciones y plantearán que puedan realizarse de acuerdo a las prácticas establecidas y la relación que tengan con el empleado.

 

Otra polémica se dio con la reversibilidad. El artículo 8° de la ley establece que el consentimiento prestado por la persona que trabaja en una posición presencial para pasar a la modalidad de teletrabajo podrá ser revocado por la misma en cualquier momento de la relación.

 

Lo que buscan a través de la presentación del documento es que la reglamentación se establezca que en dos meses el empleado le comunique la decisión de volver al trabajo presencial, en ese plazo de ejercicio de la reversibilidad no sea mayor a tres meses desde el momento en que adopte la posición del teletrabajo y que la reversibilidad no sea aplicable cuando el empleado físicamente se encuentra a más de 100 km del lugar donde está la actividad presencial.

 

Por último y en cuanto a los gastos que el empleador debe afrontar, sean no remunerativos y que las empresas no puedan registrar empleados que se encuentren en modalidad contractual fuera de la normativa argentina.

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