El procurador general recomendó que quede firme la absolución de Carrascosa

Eduardo Casal señaló que debe desestimarse la apelación del Ministerio Público Fiscal bonaerense contra la medida que favoreció al viudo por el crimen cometido en 2002.

Por Canal26

Miércoles 9 de Diciembre de 2020 - 13:56

Carlos CarrascosaCarlos Carrascosa, marido de García Belsunce.

Eduardo Casal, procurador general interino de la Nación, dictaminó a favor de Carlos Carrascosa al sostener que se debe desestimar la última apelación que hizo el Ministerio Público Fiscal de la provincia de Buenos Aires a la absolución, que le fue dictada al viudo en 2016, en la causa que lo condenó por el homicidio de su esposa María Marta García Belsunce.

 

Si al momento de resolver, la Corte Suprema de Justicia de la Nación comparte el mismo criterio que Casal, Carrascosa, que actualmente tiene 75 años, quedaría absuelto en forma definitiva en este expediente, que ya cumplió 18 años. “En mi opinión, el recurso extraordinario intentado es inadmisible y la queja, por lo tanto, debe ser desestimada”, afirmó el procurador en su dictamen de ocho fojas, firmado el 1° de diciembre.

 

Casal argumentó que “el recurso extraordinario por arbitrariedad de sentencia es de naturaleza excepcional, pues no le corresponde a la Corte sustituir a los jueces de la provincia en temas de prueba y de derecho común y procesal local, que son propios de éstos”. En este sentido, sostuvo que la doctrina de la arbitrariedad de sentencia no tiene por objeto corregir fallos que las partes puedan reputar equivocados, sino que sólo pretende suplir defectos realmente graves de razonamiento que impidan considerar a la sentencia como el acto jurisdiccional al que toda parte en un proceso tiene un derecho constitucionalmente asegurado.

 

Casal advirtió que no encuentra en este trámite “la violación al derecho de defensa que alega el recurrente ni, por ello, razones para objetar la sentencia de la Corte bonaerense que permitan fundar la competencia por apelación del Tribunal según su doctrina de la arbitrariedad”.