Empresas de Gas tendrán que financiar en 30 cuotas las deudas generadas durante la pandemia

Ha sido formalmente establecido por el Ministerio de Economía a través de la resolución 383/2021, publicada este jueves en el Boletín Oficial.

Por Canal26

Jueves 1 de Julio de 2021 - 12:59

Gas, tarifas del gas, consumo de gas, Foto ENARGASConsumo de gas en Argentina. Foto: NA.

Este jueves se ha informado oficialmente que las empresas distribuidoras de gas por redes en la Argentina tendrán que dar la posibilidad de planes confacilidades de pago de hasta 30 cuotas a los muchos usuarios beneficiados por la suspensión de cortes de servicio que comenzó el 1 de marzo hasta el 31 de diciembre del año pasado, para cancelar las deudas que se hubieran generado.

 

De este modo ha sido formalmente establecido por el Ministerio de Economía a través de la resolución 383/2021, publicada este jueves en el Boletín Oficial.

 

Así, se ha determinado que "las empresas prestadoras del servicio público de distribución de gas por redes deberán otorgar a los usuarios y a las usuarias residenciales y no residenciales beneficiados por la suspensión de cortes de servicio establecida en el decreto 311/2020, planes de facilidades de pago de hasta 30 cuotas iguales, mensuales y consecutivas".

 

Esto "para cancelar las deudas que se hubieren generado durante el plazo de vigencia del decreto; sin perjuicio que el usuario o la usuaria pueda solicitar fehacientemente ante la prestadora su cancelación con anterioridad o en menor cantidad de cuotas”. El decreto 311 había suspendido previamente los cortes de servicio en caso de mora o falta de pago de hasta siete facturas consecutivas o alternas, con vencimientos desde el 1 de marzo de 2020.

 

La medida anunciada fija además que la tasa de interés a aplicar en los planes de facilidades destinados a usuarias y usuarios residenciales y no residenciales, “no podrá exceder el 50% de la tasa pasiva nominal anual para operaciones de depósitos a plazo fijo tradicional a 30 días del Banco Nación del último día del mes anterior al del otorgamiento del plan de pagos”.

 

Asímismo se establece que en ambos casos “los intereses no podrán ser capitalizables”.

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