AFIP actualizó montos mínimos de anticipos de Ganancias y Bienes Personales

Los montos estaban congelados desde 2018. Se busca a simplificar el cumplimiento de los contribuyentes.

Por Canal26

Martes 28 de Junio de 2022 - 11:35

AFIP, monotributistas y autónomos, ganancias, bienes personales, NAAgencia de AFIP. Foto: NA.

AFIP actualizó los importes mínimos para el ingreso de los anticipos de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales, con el fin del "simplificar las tareas de cumplimiento" de los contribuyentes.

Con este marco, la decisión se formalizó por medio de las Resoluciones Generales 5211/2022 y 5213/2022 publicadas en el Boletín Oficial. El organismo modificó los montos mínimos por "razones de administración tributaria", según la AFIP.

Para el caso de Bienes Personales, se incrementó el importe a partir del cual se genera la obligación del ingreso de los pagos a cuenta de este impuesto. El nuevo monto es de $5.000 y el anterior importe, vigente desde 2018, era de $1.000; el importe mínimo actual rige para los anticipos correspondientes al período fiscal 2022 y siguientes.

Sobre el Impuesto a las Ganancias, se elevaron los importes mínimos para el ingreso de los anticipos: así, los nuevos montos son de $5.000 para el caso de personas humanas y sucesiones indivisas, y de $2.500 para personas jurídicas. Estos importes eran hasta ahora de $1.000 y de $500, respectivamente.

 

Chatbot Tina de la AFIP.

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Los montos

AFIP aclaró que los montos de $5.000 y de $2.500 resultarán de aplicación a partir del período fiscal 2022 para cuando se trate de personas humanas y sucesiones indivisas, y desde el período fiscal 2023 para el caso de Ganancias sociedades.

También el ente recaudador introdujo adecuaciones normativas en línea con la Ley de Impuesto a las Ganancias y también en el procedimiento para la determinación de los anticipos que deben ingresar los contribuyentes beneficiados por regímenes de promoción.

Respecto a este último punto, el texto oficial puntualizó que es "conveniente adecuar el procedimiento para la determinación de los anticipos que deben ingresar los sujetos comprendidos en regímenes de promoción, a fin de aplicar la reducción pertinente respecto del monto total del impuesto a las Ganancias correspondiente a la actividad promovida".

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