Multarán el uso de DVD en consola de los autos

La Legislatura modificó el Código de Faltas de la Capital. Los particulares que violen la ley serán penados con multas de 100 a 1000 pesos. El monto ascenderá a un mínimo de 300 pesos y a un máximo de 3000 pesos para los camiones, los colectivos, las combis, los taxis y los remises.

Por Canal26

Viernes 7 de Septiembre de 2007 - 00:00

Los conductores que lleven equipos de DVD en la consola delantera del auto mientras circulen por la ciudad serán penalizados con multas desde los 100 hasta los 1000 pesos, cuando entre en vigor una ley que sancionó la Legislatura porteña. El monto ascenderá a un mínimo de 300 pesos y a un máximo de 3000 pesos para los camiones, los colectivos, las combis, los taxis y los remises.

Sucede que los diputados aprobaron una modificación del Código de Faltas de la ciudad, con la inclusión de un artículo que prohíbe el uso de aparatos de DVD portátiles en la consola delantera.

Cabe aclarar que en los automóviles que salen con DVD de fábrica las pantallas siempre están ubicadas en los asientos traseros. Sólo en algunos modelos de altísima gama, que poseen una pantalla para indicar las funciones del auto, se puede ver TV o DVD. Pero, en esos casos, esa función se anula cuando el auto se pone en movimiento.

Esta anulación no existe, en cambio, cuando los dispositivos son agregados posteriormente a los vehículos y, además, suelen ser colocados precisamente en el sector delantero. Se trata de una práctica cada vez más común para entretenerse durante los viajes largos.

Pero encierra sus peligros. "El uso del DVD en la consola delantera aumenta en forma significativa y peligrosa la conducta distractiva del conductor, con el consiguiente riesgo de perder el control y provocar un accidente", dijo el legislador radical Marcelo Meis (Recrear), autor del proyecto de ley refrendado en el recinto de sesiones al cierre de esta edición.

El castigo a quienes lleven un aparato de DVD en el sector delantero de cualquier vehículo quedará registrado en el artículo 6.1.68 del Código de Faltas y reza: "El/la conductor/a titular o responsable de un vehículo que portara un aparato de DVD portátil incorporado a la consola delantera será sancionado con una multa equivalente de 100 a 1000 unidades fijas (pesos). Cuando se trate de un vehículo de transporte de carga, escolar o de pasajeros, taxímetro o remise es sancionado con una multa de 300 a 3000 unidades fijas (pesos)".

La redacción es confusa, porque si bien dice "consola delantera", Meis explicó que el espíritu de la ley reside en penar la colocación de DVD en cualquier lugar del sector delantero del vehículo y no sólo en el tablero. "Vamos a tener que corregirlo", admitió.

La ley cubrirá un vacío legal que oportunamente había generado críticas de expertos en seguridad vial, que reclamaron la prohibición de los DVD porque, aseguraron, su empleo resulta más peligroso que el uso del teléfono celular al conducir. Este último ya está incluido como falta.

Para quien maneje un vehículo "manipulando teléfonos celulares [vale tanto para hablar como para mandar mensajes de texto] o auriculares conectados a equipos reproductores de sonido", el Código de Faltas prevé una sanción económica de 100 a 1000 pesos.

Antes de llegar al recinto, la iniciativa de Meis había tenido respaldo mayoritario de la Comisión de Justicia, presidida por la kirchnerista Ivana Centanaro.