Por Canal26
Miércoles 3 de Diciembre de 2014 - 00:00
El Código Penal castiga con pena de prisión perpetua a los homicidios calificados cuando la víctima es un miembro de las fuerzas de seguridad pública, policiales o penitenciarias, y se lo mata por su función, cargo o condición. En este punto la ley estableció un agravante para aquellos delincuentes que matan al policía por el solo hecho de ser policía Tradicionalmente los reclusos acusados o condenados por matar a policías han sido idolatrados, queridos y ponderados por la sociedad carcelaria. La precaria civilización carcelera siempre ha otorgado sendos beneficios a estos delincuentes. Paralelamente a ello, nunca ha sido bien visto matar a un ladrón a uno de ellos. Se advierte más fácilmente el temperamento cooperativista que existe dentro de las unidades carcelarias. En este sentido, para proteger la vida de los efectivos policiales con mayor severidad, la ley castiga con más firmeza a este tipo de asesinatos. No es cierto que la vida de un civil valga menos que la de un policía, la ley no dice eso. Lo que la ley pretende es sancionar con mayor rigurosidad la muerte del policía por su condición de tal. Son casos en que los delincuentes matan por despecho, por identificar al agente de seguridad como una presa. Se nutren de esa idea macabra en la que un delincuente escala en su calidad de malviviente a través de una muerte policial. Dr. Hugo López Carribero Abogado penalista
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