La Cámara Federal de La Plata suspendió la aplicación de los aumentos en los servicios de gas. El caso de La Provincia de Buenos Aires se suma a otras siete provincias que frenaron los tarifazos.
Por Canal26
Jueves 7 de Julio de 2016 - 00:00
La Cámara Federal de La Plata declaró hoy "nulas" las resoluciones del Ministerio de Energía y Minería de la Nación que dispusieron un aumento en la tarifa del servicio de gas, informaron fuentes judiciales.
La resolución, a la que accedió DyN, responde a un recurso presentado por la asociación civil Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad (CEPIS) contra las resoluciones ministeriales Nº28 y Nº31.
"Declarar la nulidad de las Resoluciones 28 y 31 del Ministerio de Energía y Minería de la Nación, retrotrayéndose la situación tarifaria a la existente previamente al dictado de ambas", indica la resolución de la Cámara.
Con voto de los jueces Álvarez, Schriffrin y Calitri la Sala II de la Cámara Federal de La Plata, resolvió "con alcance colectivo anular los aumentos en la tarifa del gas" y ordenó "retrotraer la situación previa a las subas". En el fallo, los magistrados declararon nulas las resoluciones "por no haber sido precedidas de audiencias públicas".
La decisión modificó la resolución del juez Recondo, quien había ordenado convocar a audiencias públicas pero sin suspender los aumentos en las tarifas, y anuló las Resoluciones 28 y 31 del Ministerio de Energía que establecieron el aumento en la tarifa del gas y ordenaron retrotraer la situación previa a las subas.
El pronunciamiento del juez de primera instancia fue recurrido ante la Cámara por el Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad (CEPIS); el Estado nacional y la asociación Consumidores Argentinos, y la Asociación para la Defensa, Educación e Información de los Consumidores. La causa "Cepis" tiene alcance nacional y fue la primera del país en ser inscripta en el Registro de Procesos Colectivos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Los camaristas consideraron que más allá del argumento esgrimido por el Estado Nacional en torno a que es posible el ajuste tarifario sin que se hayan realizado audiencias públicas, "corresponde examinar si la normativa impugnada en autos se adecua a pautas de razonabilidad".
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