El detalle del fallo tras la decisión de la Corte Suprema de frenar el aumento al gas para usuarios residenciales. Se aclara que no están incluidas las empresas.
Por Canal26
Jueves 18 de Agosto de 2016 - 00:00
La Corte Suprema de Justicia resolvió con siete puntos la anulación del "tarifazo" del gas, en el que además obliga al Gobierno a realizar audiencias públicas con entidades que representan a consumidores.
Los ítems son los siguientes:
• Que para la fijación de tarifas de gas, la audiencia pública previa es de cumplimiento obligatorio.
• Se confirma la sentencia apelada en cuanto declara la nulidad de las resoluciones cuestionadas.
• La decisión se circunscribe al colectivo de los usuarios residenciales.
• Respecto de ellos, las tarifas deben retrotraerse a los valores vigentes previos al aumento dispuesto por las resoluciones que se invalidan.
• Se mantiene la tarifa social.
• Se pone en conocimiento del Congreso de la Nación la necesidad de dar cobertura al cargo de Defensor del Pueblo de la Nación.
• Se recuerda a los tribunales el riguroso cumplimiento de la acordada de la Corte Suprema de Justicia sobre procesos colectivos.
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