AFIP comenzará a aplicar un nuevo sistema de tributos para todas las transacciones realizadas desde plataformas virtuales.
Por Canal26
Miércoles 5 de Octubre de 2022 - 12:15
Las transacciones de billeteras virtuales comenzarán a tributar impuestos específicos. Foto: Telam.
Debido a la fuerte expansión en la utilización de medios de pago electrónicos, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) incorporó desde este año a las billeteras virtuales al listado de activos alcanzados por diversos tributos y endureció los controles sobre las operaciones realizadas bajo esta modalidad.
Según la entidad, una billetera virtual se trata de toda aplicación para celulares que permite realizar múltiples operaciones financieras, inclusive sin tener una cuenta bancaria en una entidad física.
El régimen de retención del impuesto sobre los ingresos brutos por uso de billeteras digitales se denomina SIRCUPA y fue creado por la Comisión Arbitral a través de la Resolución General 9/2022. Esta nueva estructura entró en vigencia el 1° de octubre de este año y alcanza quienes realicen comercialización de bienes o servicios y reciban pagos a través de cualquier medio electrónico, plataforma digital, aplicación o dispositivo móvil.
La aplicación del régimen se hará efectiva en relación con las cuentas de pago abiertas a nombre de uno o varios titulares, sean personas humanas o jurídicas, siempre que cualquiera de ellos o todos, sean contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos en la Provincia adherida al SIRCUPA.
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Hasta el momento se adhirieron las provincias de Córdoba, Formosa, Mendoza, Neuquén, Santa Cruz y Tierra del Fuego. La provincia de San Juan ingresará al sistema a partir de noviembre, mientras que Jujuy obtuvo una prórroga que se extiende hasta el mes de diciembre.
La Comisión Arbitral publicará el “Registro de Proveedores de Servicios de Pago (PSP) que ofrecen cuentas de pago” en su sitio web, quienes se convertirán en agentes de recaudación. También se podrá consultar el listado de Agentes habilitados, la cual se actualizará a medida que las jurisdicciones restantes se adhieran.
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