La Sala Primera de la Cámara del Crimen consideró que esa actividad "constituye una acción privada carente de relevancia penal"
Por Canal26
Lunes 18 de Julio de 2005 - 00:00
La Justicia ratificó que el ejercicio de la prostitución "constituye una acción privada carente de relevancia penal" y anuló un expediente originado en una investigación policial que surgió de un aviso publicado en un diario en el que se ofrecían "servicios sexuales".
La seccional 39 había iniciado un sumario por la supuesta explotación sexual en un departamento porteño, pero un juez de primera instancia y más tarde la Sala Primera de la Cámara del Crimen declararon nulas las investigaciones.
El juez Gustavo Bruzzone, quien cobró notoriedad por ser uno de los que permitió la excarcelación del empresario Omar Chabán, señaló que "el ejercicio de la prostitución constituye una acción privada carente de relevancia penal".
El camarista Jorge Rimondi admitió que "las tareas de investigación hacen a la incumbencia propia de la función policial", pero destacó que "bajo este rótulo (prostitución) no puede convalidarse el inicio de cualquier sumario", ya que la mera investigacion no lo convierte en un hecho delictivo.
Raimondi explicó además en el fallo que "resulta imprescindible que los motivos o fundamentos de la labor de las fuerzas de seguridad estén expresamente expuestos y puedan ser posteriormente comprobables".
Fuentes judiciales señalaron además que del aviso publicado en el medio donde se ofrecían los servicios sexuales no surgía ningún indicio de que hubiera explotación sexual de personas, ni surgían indicios de que existiera reducción a la servidumbre o explotación de menores, sino que ejercían esa actividad en forma voluntaria.
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