Impuesto a las Ganancias: quiénes pagarían el nuevo piso y qué exenciones se eliminarían con los cambios que propone el Gobierno

El proyecto contempla, entre varios puntos, la eliminación de exenciones fiscales vigentes, como las diferencias entre horas extras y ordinarias en días feriados, bonos por productividad y los ingresos de guardias médicas.

Por Canal26

Jueves 11 de Abril de 2024 - 10:17

AFIP. Foto: NA AFIP. Foto: NA

El Gobierno presentó ante el Congreso una nueva versión de la Ley de Bases, que aborda aspectos clave como la modificación del impuesto a las ganancias. Esta propuesta generó un debate y, a su vez, preocupación, al plantear una serie de ajustes en los mínimos no imponibles y la eliminación de algunas exenciones fiscales.

Uno de los puntos destacados es el establecimiento de un nuevo mínimo no imponible para empleados solteros, fijado en $1.800.000 de salario bruto mensual, lo que implicaría que un sector que antes no pagaba o había dejado de hacerlo, ahora estaría sujeto a tributar.

Impuesto a las Ganancia y Bienes Personales. Foto: NA. Impuesto a las Ganancia y Bienes Personales. Foto: NA.

Para aquellos con cónyuge e hijos menores de 18 años a cargo, el umbral sería de $2.300.000 de salario bruto mensual, equivalente a $1.981.278 netos. Este cambio podría impactar significativamente en las finanzas de miles de familias trabajadoras en Argentina. 

Además, se propone la eliminación de exenciones fiscales vigentes, como las diferencias entre horas extras y ordinarias en días feriados, bonos por productividad y los ingresos de guardias médicas, entre otros. Esto se combina con una actualización anual de los montos y alícuotas según la inflación interanual al mes de octubre, evitando que el impuesto sea retroactivo y comenzando su cobro una vez aprobados los cambios.

AFIP. Foto: NA. AFIP. Foto: NA.

Pablo Otero. Foto: Gentileza Turismo Nacional.

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Los principales cambios que se proponen en la nueva Ley de Bases

La normativa en discusión contempla la actualización de deducciones y escalas a partir de 2025, vinculadas al Índice de Precios al Consumidor (IPC), y otorga al Poder Ejecutivo la facultad de realizar modificaciones en 2024.

Esta medida busca reintroducir diferenciaciones basadas en la situación familiar y ciertos gastos específicos, como atención médica o alquileres, mediante la aplicación de deducciones específicas, retomando así esquemas fiscales anteriores.

Pequeños contribuyentesImpuesto a las Ganancia y Bienes Personales. Foto: Archivo. 

Además, según el texto que circuló recientemente, se establece que no se aplicará el impuesto de forma retroactiva. Esto significa que los descuentos comenzarán a regir desde la fecha de su publicación en el Boletín Oficial, sin necesidad de abonar nada por el período anterior al 1° de enero.

Aunque el Impuesto Cedular actual será derogado retroactivamente al 1° de enero de 2024, estas disposiciones se aplicarán sin excepción. A su vez, se detalló que las deducciones personales experimentarán un aumento del 183,75% al 186,65%.

  • Por cónyuge: $2.911.135
  • Por hijo: $1.468.096
  • Por hijo incapacitado para el trabajo: $2.936.192.
  • Deducción especial artículo 30: $10.818.622.
  • Deducción especial (nuevos profesionales y emprendedores): $12.364.140.
  • Deducción especial para determinados jubilados y pensionados: ocho haberes mínimos.

Impuestos. Foto: Unsplash.Impuesto a las Ganancia y Bienes Personales. Foto: Unsplash.

En cuanto a las alícuotas, estas se aplicarán e irán del 5% al 35% en diferentes tramos, iniciándose desde $1.200.000. Para establecer el impuesto, se debe seguir el siguiente cálculo:

  • Remuneración Bruta menos descuentos obligatorios = remuneración neta
  • Remuneración neta menos ganancia no imponible menos deducción especial = ganancia sujeta a impuesto.
  • Si hay ganancia sujeta a impuesto, el número que sea positivo se aplica la tabla. (Con base de 5% hasta $1.200.000. Luego pasa a 9% hasta $2.400.000, a 12% hasta $3.600.000, escalando hasta el 35% con remuneración imponible de más de $36.450.000.

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