Adiós a las recetas vía WhatsApp o mail: ¿Cuáles son las válidas a partir de ahora?

El Ministerio de Salud estableció que ya no será válida la foto de la orden médica y sólo se aceptará receta en papel o electrónica con firma digital.

Por Canal26

Martes 27 de Diciembre de 2022 - 09:41

Farmacia. Foto: NAFarmacia. Foto: NA.

El Ministerio de Salud de la Nación derogó la validez de las recetas confeccionadas en papel y enviadas vía web, mail o WhatsApp para solicitar un tratamiento en las farmacias. De esta forma, la única forma de pedir un fármaco va a ser entregando el papel de manera física.

Aseguraron que la validez de las recetas por foto se había implementado por la pandemia, por lo tanto era excepcional y ahora se debe volver a cumplir con los mecanismos de seguridad correspondientes. 

Esto se estableció por la resolución 3622/2022 publicada este lunes en el Boletín Oficial y dejó sin efecto la resolución anterior 696/20 que permitía presentar foto de recetas, fotocopias u órdenes médicas por mail para adquirir un fármaco. 

Desplazados por el conflicto entre Israel y Hamas. Foto: EFE.

Te puede interesar:

La OMS advierte el aumento de enfermedades infecciosas entre los desplazados en Gaza

Las razones del cambio

Pasada la emergencia, confirman que resulta conveniente volver a los mecanismos anteriores, que garantizan una mayor seguridad, porque tienen menos posibilidades de ser falsificados y alientan un uso responsable de los medicamentos, tal como se acordó con ministros y ministras de Salud de todo el país en el Consejo Federal de Salud, del 4 de octubre del presente año.

La prescripción de medicamentos debe realizarse con todos los mecanismos de seguridad correspondientes: las recetas deben asegurar la identidad de pacientes y médicos y el medicamento prescrito debe estar autorizado por el ANMAT, ser identificado por su nombre genérico y formar parte de una indicación terapéutica validada científicamente, dentro del uso racional de medicamentos.

A su vez, las farmacias realizan los controles correspondientes para la dispensa, generando los registros obligatorios por ley y cumpliendo además con la trazabilidad del medicamento entregado. Confirmnan que, los mecanismos de excepción que se derogan con esta resolución no daban las garantías necesarias para cumplir con estos preceptos.

Coronavirus, Argentina, pandemia, camas, NA

Te puede interesar:

Cuál es la disponibilidad de camas en el área metropolitana por coronavirus

Ley de firma electrónica 

Desde el Ministerio de Salud confirman que no se deroga la Ley de firma electrónica, sin embargo esta fue sancionada en 2020 y aún no fue reglamentada. La normativa indica que la prescripción de medicamentos puede realizarse en órdenes médicas electrónicas o digitales y se las puede firmar con firmas manuscritas, electrónicas o digitales en todo el territorio nacional.

Se espera que, a partir de la reglamentación de esta ley, se amplíen los prestadores que tengan este servicio y, por lo tanto, se simplifique la accesibilidad de los pacientes al medicamento, concluye la información del Ministerio de Salud.