Aguinaldo: ¿cuándo se cobra y cómo se calcula el monto?

Lo reciben los trabajadores en relación de dependencia, jubilados y pensionados. Los detalles.

Por Canal26

Sábado 3 de Diciembre de 2022 - 10:16

Aguinaldo. Foto: NAAguinaldo. Foto: NA.

Este jueves comenzó el mes de diciembre y la pregunta que se hacen los trabajadores registrados del sector público y privado, jubilados y pensionados es, cuándo corresponde cobrar la segunda cuota del sueldo anual complementario (SAC), también conocido como "aguinaldo". 

El aguinaldo se divide en dos cuotas: un medio aguinaldo en junio y otro en diciembre. Cada medio aguinaldo corresponde al 50 por ciento de la mayor remuneración mensual percibida por el empleado, jubilado o pensionado dentro de cada uno de los semestres. 

Hay que aclarar que si alguien no trabajó en algún momento de los últimos seis meses, por ejemplo si la relación laboral comenzó hace menos tiempo, cobrará un proporcional. 

Andrés Manuel López Obrador. Foto: EFE.

Te puede interesar:

López Obrador pidió aplazar las reformas del aguinaldo, paternidad y jornada laboral hasta después de elecciones en México

¿Cuándo se cobra el aguinaldo de diciembre de 2022?

La ley 27.073 fija que la primera cuota del SAC tiene vencimiento el 30 de junio, mientras que para la segunda parte del aguinaldo, el tiempo límite de cobro es el 18 de diciembre. Sin embargo, como este año el 18 cae domingo, el medio aguinaldo debería estar depositado el viernes previo, es decir, el 17 de diciembre.

No obstante, también cabe la posibilidad de que el salario se deposite pasado el domingo 18 de diciembre, dentro de los cuatro días hábiles posteriores que permite la ley como plazo máximo de mora. En ese caso, podría pasar a cobrarse entre el lunes 19 y el jueves 22 de diciembre.

Encuentro de Sergio Massa junto a gobernadores. Foto: NA.

Te puede interesar:

Sergio Massa le garantizó a los gobernadores los fondos para el pago de sueldos y aguinaldos

¿Cómo se calcula?

Para calcular el sueldo anual complementario de diciembre, los empleados del sector público y privado deberán considerar la mayor remuneración recibida en el segundo semestre del año (de julio a diciembre) por todo concepto, incluyendo el sueldo básico, las horas extra y cualquier otro extra que se haya abonado. Luego se lo divide por 12, y a ese resultado se lo multiplica por la cantidad de meses trabajados durante el semestre.

Notas relacionadas