Hasta ahora, los embargos sobre contribuyentes morosos se realizaban sobre cuentas bancarias, bienes muebles e inmuebles. Ahora, sumó los activos digitales.
Por Canal26
Miércoles 29 de Junio de 2022 - 10:07
Billeteras virtuales. Foto: NA.
Durante el primer cuatrimestre del año, la AFIP recuperó más de $800 millones en deudas acumuladas por contribuyentes morosos, a través de embargos sobre billeteras
virtuales. Este mecanismo fue incorporado en febrero de este año al listado de activos sobre los cuales la AFIP puede solicitar la traba de embargos, con el objetivo de asegurar el cobro de obligaciones impagas.
Desde aquel momento, juzgados de todo el país autorizaron un total de 1.269 embargos por más de $800 millones sobre billeteras virtuales. Magistrados de Tucumán, Catamarca, Santa Fe, San Juan, Salta, Jujuy, Chaco, Formosa, Misiones, Entre Ríos, Ciudad de Buenos Aires, Neuquén, Córdoba, Santa Cruz, Chubut y localidades de la provincia de Buenos Aires, entre otros, aprobaron las solicitudes realizadas por el ente recaudador, de acuerdo con un comunicado de la AFIP.
El organismo recordó que los embargos sobre contribuyentes morosos que se requieren a la Justicia se concretaban sobre cuentas bancarias, bienes muebles, inmuebles y créditos, entre otros. Pero el desarrollo de los medios electrónicos de pago y su extendido uso llevó a a incluir a las cuentas digitales en el listado de activos pasibles de ser embargados para cobrar deudas.
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Según la información oficial, para determinar sobre qué cuentas solicitar la traba de embargos, la AFIP se abastece del régimen informativo que, como sucede con las entidades financieras, obliga a las empresas del sector a reportar información referida a las cuentas de sus clientes.
La normativa de la AFIP no establece un orden de prelación sobre qué activos se debe avanzar primero a la hora de solicitar la traba de un embargo. No obstante, la práctica muestra que las medidas comienzan con los activos más líquidos, como las cuentas bancarias. Cuando el saldo disponible es insuficiente o los contribuyentes no poseen ese tipo de colocaciones, se procede a solicitar embargos sobre otros activos, explicó la AFIP.
Las ejecuciones de las deudas fiscales, el paso posterior a la traba de embargos, estuvieron suspendidas durante 19 meses como parte de las herramientas implementadas para amortiguar los efectos económicos de la pandemia.
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